por Látigo » Mar Feb 13, 2018 12:16 pm
Pues bien, según el Artículo 12 del Reglamento General de Circulación, especificando lo que a nosotros nos concierne con nuestras motos (ni ciclomotores ni motocicletas con sidecar), resumo en plan coloquial.
Menores de 7, nunca. Como si mide metro y medio.
Mayores de 7 y menores de 12. Sólo por padre, madre, tutor o persona autorizada por ellos (puede ser una autorización escrita o verbal). Siempre detrás del conductor, ocupando plaza de acompañante (no todas las motos tienen dos plazas, pero en nuestro caso sí), sentado a horcajadas y siempre que apoye los pies en los reposapiés laterales (con los pies colgando no puede ir). Y por supuesto, debe utilizar casco de su talla homologado (nada de ponerle un casco de un adulto que le quede grande.
Mayores de 12, podrán ir a horcajadas detrás del conductor ocupando su asiento, apoyando los pies en los reposapiés laterales y con casco adecuado.
Lógicamente hay que acreditar la edad, o bien con DNI o bien con libro de familia (que puede sustituirse con una copia compulsada del mismo).
Espero haberte aclarado el tema.
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Lo que la razón no entiende,
el martillo lo endereza.